DEPARTAMENTO ESPECIAL
El departamento especial es un área especifica de la Unión de Crédito que por ley autoriza realizar como operaciones referentes a: contratar construcción, administración de obras de sus socios, administrar empresas, compra y venta de frutos o productos, comprar, vender y comercializar insumos, enajenación o renta de bienes, transformación industrial. Conforme a las fracciones XXI a XXVII del artículo 40 de Uniones de Crédito.
Actualmente la Unión de Crédito tiene acuerdos con los Laboratorios y Distribuidores para llevar a cabo compras en volumen de productos e insumos agropecuarios y poderlos ofrecer las Asociaciones Ganaderas Locales que ustedes representan o socios de las AGL, a precios competitivos que beneficien principalmente a ustedes como Asociaciones Ganaderas y Socios.